
Por parte de la Agencia Municipal de Recaudación se esta notificando a muchos ciudadanos, (20.000 aproximadamente según Diario de Sevilla) un requerimiento de pago de tributos, con la advertencia de que en caso de impago se producirá el embargo de los bienes. En esos requerimientos, que si contienen una amenaza de embargo, curiosamente, no se ofrece información alguna sobre los recursos o medios de impugnación de esos actos administrativos recaudatorios, provocando indefensión al ciudadano.
La mayor parte de esos requerimientos se refieren a deudas tributarias correspondientes a ejercicios anteriores al año 2004, incluyéndose asimismo numerosos casos de requerimientos de deudas con problemas de identificación de datos de sujeto pasivo direcciones incorrectas. Existe pues, una seria duda sobre la legalidad de esa deuda, ya que estaría prescrita en su mayoría y por tanto no exigible.
¿Que pretende el Ayuntamiento? Sacar dinero de todas partes, aún a costa de incurrir en manifiesto abuso de derecho y de ilegalidad, al informar solo de posible embargo en caso de impago, pero no del recurso que puede ejercer el ciudadano.
Dada la cuantía de esa deuda, la mayor parte de los ciudadanos van a pagarla y no recurrir, ya que además de pagarla inicialmente, tienen que hacer frente a los gastos del recurso y puede que piensen que no compensa. Solo aquel que tiene medios, recurrirá, pero claro, tiene primero que pagar la deuda y esperar ganar el recurso y luego que el Ayuntamiento le devuelva lo cobrado indebidamente.
El PP a la vista de la clara ilegalidad en la actuación del gobierno municipal, planteó la siguiente
PROPUESTA, que fue llevada al pleno del día 21 de noviembre y que no dejó debatir el gobierno PSOE- IU:
1) Que se anulara de oficio, por la Agencia Municipal de Recaudación esos requerimientos de pago emitidos, al no contener el recurso que procedía contra los mismos.
2) Que por la Agencia Municipal de Recaudación, se haga una revisión de los expedientes correspondientes a deudas con antigüedad superior a cuatro años, a fin de anular de oficio las deudas prescritas.
Y yo me pregunto ¿por qué no se recaudo en su momento? NOS MERECEMOS UNA ADMINISTRACIÓN MÁS RÁPIDA Y QUE NO ENGAÑE A LOS CIUDADANOS....